Bono Pyme: ¿Cuándo puedo solicitar el beneficio de $1 millón?
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El bono pyme o bono de alivio para pymes está destinado a micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por la pandemia y que recibirán un aporte de $1 millón.
Esta ayuda se complementa con el bono adicional variable que consiste en un monto que puede alcanzar los $2 millones, siempre que la pyme cumpla con ciertos requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir para el bono pyme?
Según explicó el Gobierno, este beneficio ayudará a 820.545 pymes en todo el país, ya sean naturales o jurídicas, que hayan iniciado actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo del 2020 y que sus ingresos anuales no hayan sido superiores a las 25.000 UF.
Además, debe cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Que haya tenido al menos un trabajador contratado durante el año 2020.
- Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses en 2020 (continuos o discontinuos).
- Que haya declarado ingresos por ventas al menos dos meses 2021 (continuos o discontinuos).
- Que corresponda a los rubros más golpeados por la pandemia: gastronomía, eventos, cultura, servicios de turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transportes escolares, jardines infantiles, ferias libres y otros servicios afectados.
¿Cuándo inicia el proceso de solicitud al bono pyme?
Tomando en cuenta que la ley para el bono pyme fue publicada el jueves 17 de junio, en los próximos 15 días se habilitará un banner especial en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Por lo tanto, el proceso de solicitud debería iniciar este viernes 2 de julio. De igual forma, la ley estipula que hay un plazo de 20 días para que se apruebe o rechace la solicitud desde la fecha de ingreso de postulación.
Entonces, los pagos serían depositados a más tardar el jueves 22 de julio o un par de días antes.
¿Quiénes reciben el aumento del bono pyme?
Según informa la ley, tanto el bono alivio como el adicional variable tendrá un aumento del 20%, en caso de que se cumpla uno de los siguientes casos:
- Cuando la persona natural que haya informado inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) tenga sexo registral femenino.
- Cuando la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL) tenga sexo registral femenino.