IFE Laboral: ¿Quiénes no deben postular al beneficio estatal?
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Desde el miércoles 1 de septiembre se iniciaron las postulaciones al IFE Laboral, un aporte mensual que ayuda a las personas que firmaron un contrato de trabajo desde el 1 de agosto del presente año.
Es importante recordar que el beneficio será depositado directamente a trabajadores que tengan una remuneración bruta mensual que no pase los tres Ingresos Mínimos Mensuales, que actualmente ronda los $1.011.000.
De igual forma, es de suma importancia recalcar que podrán postular a este nuevo beneficio las personas que firmaron un contrato laboral entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre.
¿Cómo puedo postular al IFE Laboral?
Para postular al IFE Laboral debes ingresar a subsidioalempleo.cl y luego hacer click en "Nuevo IFE Laboral". Allí tendrás que seleccionar "postular al IFE Laboral" e iniciar sesión con RUT y Clave Única.
En este caso, la postulación pide que adjunte su contrato laboral en formato .doc, .docx o .pdf.
Por otra parte, se ha informado que las personas que postulen durante el presente mes recibirán sus pagos en los primeros cinco días hábiles de noviembre, luego de que los resultados sean informados por el Sence siete días previos a la fecha de depósito.
¿Quiénes reciben el pago automático?
Existe un grupo de trabajadores que recibirán el pago automático, por lo que no tienen necesidad de postular al beneficio. Se trata de los beneficiarios del Subsidio al Nuevo Empleo.
Quienes reciban el Subsidio al Nuevo Empleo por haber firmado contrato laboral entre abril, mayo, junio y julio de 2021 tendrán acceso automático a montos del IFE Laboral.
Es importante recalcar que el IFE se extiende hasta diciembre, mientras que el Subsidio al Nuevo Empleo se puede extender hasta principios del 2022. Debido a esto, cuando finalice la entrega del IFE se volverán a los montos originales del Subsidio.