Ley de Servicios Básicos: ¿Cómo puedes acceder a la suspensión de cobros?
Me gusta esta nota
La Cámara de Diputados ratificó, en general y en particular, el proyecto de ley de Servicios Básicos, que evita el corte por mora, dejando el texto en condiciones de ser promulgado como ley por el Gobierno.
La iniciativa prorroga los efectos de la Ley 21.249, publicada en agosto de 2020 y que dispone de manera excepcional, medidas en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red.
La norma extiende hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo para que las empresas proveedoras de servicios sanitarios, las empresas y cooperativas de distribución de electricidad, así como las distribuidoras de gas de red, no corten el suministro por mora.
Detalles de la ley de Servicios Básicos
El texto señala que las deudas contraídas con las empresas de servicios sanitarios, eléctricos y de gas, generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, se dividirán en el número de cuotas mensuales que determine el usuario a su elección, las que no podrán exceder las 48.
Requisitos para la suspensión de cobros
Si es promulgada por el Presidente Sebastián Piñera en los próximos días, son cinco los requisitos, pero el postulante debe cumplir con al menos uno:
- Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
- Ser adulto mayor.
- Estar recibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
- Estar acogido a la Ley de Suspensión del Empleo o a la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
- Ser trabajador independiente o informal y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.
Los documentos deben ser presentados ante cada empresa o proveedora de servicios para acreditar la suspensión. La empresa tendrá cinco días para revisar la solicitud.
¿Qué grupos pueden ser beneficiarios?
La ley también ayudará a grupos específicos y organizaciones públicas y/o privadas. Estas son:
- Usuarios residenciales o domiciliarios
- Hospitales y centros de salud
- Cárceles y recintos penitenciarios
- Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual
- Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores
- Bomberos
- Organizaciones sin fines de lucro
- Microempresas