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Todavía debe superar un tercer trámite

Matrimonio igualitario: ¿Qué falta para que el proyecto sea despachado?

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La jornada de este martes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por amplia mayoría la iniciativa de Matrimonio Igualitario.

El proyecto de Matrimonio Igualitario fue aprobado por 101 votos a favor, 30 en contra y 2 abstenciones, por lo que pasará a tercer trámite constitucional en el Senado, quedando a un paso de convertirse en ley.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, apuntó “que aquí quedan dos caminos posibles: la aprobación inmediata en Sala del Senado o que el proyecto pase a Comisión Mixta. Esto porque logramos introducir indicaciones en la Cámara que lo perfeccionaron en términos de filiación y adopción homoparental, por la cual la propuesta es distinta a la despachada originalmente por el Senado”.

Matrimonio igualitario

¿Qué falta para que el matrimonio igualitario sea despachado a ley?

Aunque la iniciativa ya fue aprobada por ambas cámaras del Congreso, el proyecto debe ser revisado nuevamente, ya que originalmente se ingresó en el Senado y aunque fue aprobado en particular en la Cámara Alta, sufrió modificaciones en la revisora.

Por esto debe volver a donde fue ingresado inicialmente, el Senado, para aceptar los cambios y modificaciones al proyecto. De esta forma, el proyecto que tiene suma urgencia se tramitará la próxima semana en la Cámara Alta.

De ser aprobado, la iniciativa queda lista para ser despachada y promulgada por el Presidente Sebastián Piñera.

¿Qué dice el proyecto de Matrimonio Igualitario?

El proyecto de ley otorga a las parejas del mismo sexo, todos y cada uno de los deberes y derechos con que gozan en la actualidad los matrimonios heterosexuales.

En materia de homoparentalidad, se garantiza la no discriminación por orientación sexual e identidad de género, entre otras categorías, para efectos de custodia de hijos o hijas, filiación y adopción, estén o no las parejas unidas en matrimonio y hubiesen tenido o no a sus hijos/as mediante fertilización humana asistida.

En tal sentido, se reconoce la maternidad de mujeres trans y la paternidad de hombres trans en los certificados de nacimiento de sus hijos/as. También se determinó el orden de los apellidos de las parejas del mismo sexo; definiéndose que lo decidirán los progenitores y, si no hay acuerdo, el Registro Civil lo someterá a sorteo.

Matrimonio igualitario

A la par se regulan los bienes de las parejas del mismo sexo, se garantizan las pensiones para viudos/as, los permisos laborales en caso de nacimiento de hijos/as y las asignaciones familiares y se amplía el concepto de hermanos/as, reconociendo tal calidad para quienes lo son por parte de ambos progenitores (doble conjunción) o solo por uno de ellos (simple conjunción). Se eliminan así conceptos de hermanos maternos y paternos. De igual manera se reconocen los matrimonios igualitarios contraídos en el extranjero.

También se derogan de la Ley de Identidad de Género todos los artículos que impiden a las personas trans casadas rectificar su partida de nacimiento.

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